Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

puerto pesquero

Sublema de puerto
Adm. Puerto destinado exclusiva o fundamentalmente a la descarga de pesca fresca desde los buques utilizados para su captura, o a servir de base de dichos buques, proporcionándoles algunos o todos los servicios necesarios de atraque, fondeo, estancia, avituallamiento, reparación y mantenimiento.
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5-IX, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, art. 3.