Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

prueba indirecta de filiación

Civ. y Proc. Medio de prueba que permite declarar la filiación de una persona (a falta de prueba directa) mediante el reconocimiento expreso o tácito de la misma, la posesión de estado, la convivencia con la madre en la época de la concepción u otros hechos de los que se infiera la filiación de modo análogo.
LEC, art. 767.