Diccionario panhispánico del español jurídico

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prueba del uso de la marca

Civ.; Nic. Obligación del titular de la marca de asumir la carga de la prueba del uso de dicha marca.
El uso de la marca se acreditará por cualquier medio de prueba admitido por la ley que demuestre que la marca se ha usado efectivamente. Ley nº. 380, de Marcas y Otros Signos Distintivos, art. 39.