Diccionario panhispánico del español jurídico

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protocolo reservado de filiaciones

Sublema de protocolo
Adm. y Civ. Protocolo especialmente reservado que debe llevar cada notario para poner copia de las escrituras matrices de reconocimiento de los hijos naturales, cuando no quieran los interesados que consten en el registro general.
Este protocolo reservado se encuadernará al final del año en que se haya autorizado el número 100, o antes, a juicio del notario, si su volumen lo exigiera, y bajo el rótulo de «Protocolo reservado. —Filiaciones. —Año de […]». Ley del Notariado de 28-II-1862, art. 35; Decreto de 2-VI-1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del notariado, art. 274.