- protectorado
- 1. Gral. Alta dirección e inspección que se reserva el poder público sobre las instituciones de beneficencia particular.2. Gral. Conjunto de autoridades que ejercen tal potestad.
Ley 50/2002 , de 26-XII, de Fundaciones, arts. 34 y 35.3. Int. púb. Estatuto jurídico por el que la conducción de las relaciones internacionales de un Estado —e incluso en ocasiones otros ámbitos de competencia— se atribuía a otro Estado.Se establecía en virtud de un tratado internacional. Fue una fórmula de administración internacional abandonada en la segunda mitad del pasado siglo.