Diccionario panhispánico del español jurídico

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protección subsidiaria

Sublema de protección
Adm., Const. y Eur. En el ordenamiento europeo y español, derecho dispensado a las personas de otros países y a los apátridas que no reúnen los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidos como refugiados, pero respecto de los cuales se den motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen, en el caso de los nacionales, o al de su anterior residencia habitual, en el caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir daños graves contra su vida o su integridad física o moral, y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren acogerse a la protección del país de que se trate, siempre que no concurra alguno de los supuestos de exclusión o denegación previstos en la ley.
Ley 12/2009, de 30-X, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, arts. 4 y 10-12.

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