Diccionario panhispánico del español jurídico

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proselitismo

Can. En sentido genérico, toda forma de propagación de una religión. En el ámbito cristiano, el proselitismo es sinónimo de evangelización o misión apostólica.
Recientemente, en el lenguaje jurídico, el término es utilizado con una connotación negativa, designándose como proselitismo solo al proselitismo abusivo, por ejercerse el anuncio del mensaje religioso sin respetar la libertad de las personas a las que se dirige. La Declaración Dignitatis humanae núm. 14 recuerda que «la misión de la Iglesia católica consiste en anunciar y enseñar auténticamente la verdad, que es Cristo». El CIC vigente recoge este deber de la Iglesia y de cada uno de sus miembros en el c. 747. Y simultáneamente, se proclama el deber de respetar la libertad de las conciencias en el c. 748 § 2.

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