Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pronta liberación de buques

Int. púb. Regla consuetudinaria por la que los buques apresados y sus tripulaciones deben ser liberados con prontitud, previa constitución de una fianza razonable u otra garantía financiera apropiada.
Una vez constituida la fianza u otra garantía, cualquier diferencia sobre la pronta liberación de un buque y de su tripulación entre el Estado que lo retiene y el Estado del pabellón puede someterse a un tribunal internacional, que decidirá sin demora acerca de la solicitud de liberación sin prejuzgar el fondo del asunto. STIDM, 18-XII-2000, Monte Confurco; STIDM, 6-VIII-2007, Tomimaru; Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, arts. 73.2, 226.1.b y c. y 292.