Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

prohibición de voto

Sublema de prohibición
1. Merc. Prohibición al socio para ejercer su derecho de voto en la adopción del acuerdo de la junta general en que esté en conflicto de interés con la sociedad.
En las sociedades de capital, se prohíbe el ejercicio del derecho de voto a los socios en la adopción de acuerdos de la junta general que versen sobre: autorización para transmitir acciones o participaciones sujetas a restricción legal o estatutaria; excluirlo de la sociedad; liberarlo de una obligación o concederle un derecho; facilitarle asistencia financiera o garantías; dispensarlo de las obligaciones derivadas de su deber de lealtad. LSC, art. 190.
2. Merc. Prohibición de participar en la deliberación y votación del acuerdo del consejo de administración respecto del que el consejero tenga un interés personal, directo o indirecto.

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