prohibición de asociaciones Sublema de prohibición Civ., Const. y Pen. Interdicción de las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito, así como las secretas y las de carácter paramilitar.CE, art. 22. ArgentinaConstitución de la Nación Argentina, promulgada el 3-I-1995ChileConstitución política de la República de Chile, promulgada el 17-IX-2005ColombiaConstitución política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional n.º 116, de 20-VII-1991. Costa RicaConstitución política de la República de Costa RicaMéxicoConstitución política de los Estados Unidos MexicanosReferenciado desdeasociación prohibida, derecho de asociaciónprohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunalprohibición de compensación