Diccionario panhispánico del español jurídico

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proceso ordinario

Sublema de proceso
Lab. En la jurisdicción social, proceso general que se aplica a todas las acciones que no tengan atribuida en la ley una modalidad procesal especial para su tramitación y que se caracteriza por la unidad de acto, la oralidad y la concentración, rigiendo sus normas con carácter supletorio para las diferentes modalidades procesales.
«La Ley 36/2011 , de 10-X, reguladora de la jurisdicción social (LRJS) ha mantenido en su integridad los clásicos principios del proceso social […], entre ellos los esenciales de inmediación, oralidad, concentración y celeridad, los que deben orientar la interpretación y aplicación de las normas procesales tanto del proceso ordinario como las propias de las modalidades procesales reguladas en la presente Ley (art. 74 LRJS)» (STS, 4.ª, 2-XII-2014, rec. 97/2013).