- procedimiento simplificado
- Proc.; Chile Procedimiento especial que se aplica a las faltas y también a los simples delitos respecto de los que el Ministerio Público solicite una pena que no exceda la de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días).Se trata de un juicio oral simplificado que se tramita ante el juez de garantía. Se desarrolla en única instancia. Solo es recurrible a través del recurso de nulidad (solo derecho). Para proceder conforme a este procedimiento, el fiscal debe presentar un requerimiento cuyo contenido se específica en el CPP, art. 391.
Código Procesal Penal, arts. 388-399.
Sublema de procedimiento