Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento laboral para la fijación individual o plural de la fecha de disfrute de las vacaciones

Sublema de procedimiento
Lab. y Proc. Modalidad procesal, de tramitación urgente y preferente, que tiene por objeto pretensiones individuales o plurales relativas a la fijación de la concreta fecha de disfrute de las vacaciones. El procedimiento comprende la presentación de la demanda en plazo, que está en función de que estuviera fijada o no la fecha de disfrute de vacaciones, acto de vista y sentencia. El plazo de presentación de demanda es de dos meses de antelación a la fecha pretendida de disfrute de vacaciones o dos meses desde que tenga conocimiento de la fecha fijada.
Ley 36/2011 , de 10-X, reguladora de la jurisdicción social, arts. 125 y 126. «La modalidad procesal especial de vacaciones está prevista exclusivamente para las controversias que versan sobre “la fecha de disfrute” de las mismas. El objeto del litigio al que se aplican las reglas particulares […] no es por tanto la duración o el número de días de descanso sino la concreción de las fechas del calendario a que tal descanso se extiende. Partiendo de esta premisa se aprecia claramente que la cuestión del cómputo de los días no laborables coincidentes con el final del período de vacaciones, si bien puede tener una repercusión mediata en las fechas del mismo, afecta directa y primordialmente a la duración o cantidad de días de dicho período vacacional […], excede del campo de aplicación de la modalidad procesal especial […] y debe ser encauzado por la vía del proceso ordinario» (STS , 4.ª, 29-III-1995, rec. 2223/1994).