Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento expropiatorio

Sublema de procedimiento
Adm. Conjunto de actuaciones por el que se tramitan los supuestos de privación singular forzosa, por causa de utilidad pública o interés social, de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que fueran las personas o entidades a que pertenezcan, ya implique venta, permuta, censo, arrendamiento, ocupación temporal o mera cesación de su ejercicio.
Este procedimiento se iniciará con la declaración de utilidad pública o interés social del fin a que haya de afectarse el objeto expropiado, resolviendo a continuación la Administración sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación, y sobre la determinación del justo precio que corresponde al sujeto expropiado, para concluir con el pago y toma de posesión. La ley prevé, además de este procedimiento general expropiatorio en el que se garantiza la intervención del sujeto expropiado y demás interesados, diversos procedimientos especiales: expropiación por zonas o grupos de bienes; expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad; expropiación de bienes de valor artístico, histórico y arqueológico; expropiación por entidades locales o por razón de urbanismo; expropiación que dé lugar a traslado de poblaciones; expropiaciones por causa de colonización o de obras públicas; expropiación por razones de defensa nacional y seguridad del Estado. Ley de 16-XII-1954 sobre Expropiación Forzosa.