Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento canónico monástico

Can. Procedimiento canónico que ha de observarse para el funcionamiento de una casa religiosa de monjes (monasterio), sea de rito latino u oriental, y tanto si se integra como filial en una confederación monástica, como si no depende de ninguna otra y es autónoma (sui iuris); pero, en todo caso, regida por reglas o estatutos (llamados típicos en los de rito oriental) que, según la autoridad que los apruebe, califican el monasterio y el procedimiento (como pontificio, patriarcal, eparquial, etc.).
CCEO, cc. 433-440 (para monasterios sui iuris).