Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento arbitral

Sublema de procedimiento
Civ. Conjunto de trámites al que se han de ajustar los árbitros en sus actuaciones, que comienza cuando el demandado recibe el requerimiento de someter la controversia a arbitraje y termina con la decisión arbitral o laudo. Se rige por los principios de igualdad, audiencia y contradicción.
«Las partes podrán convenir libremente el procedimiento al que se hayan de ajustar los árbitros en sus actuaciones. 2. A falta de acuerdo, los árbitros podrán, con sujeción a lo dispuesto en esta Ley, dirigir el arbitraje del modo que consideren apropiado. Esta potestad de los árbitros comprende la de decidir sobre admisibilidad, pertinencia y utilidad de las pruebas, sobre su práctica, incluso de oficio, y sobre su valoración» (Ley 60/2003, de 23-XII, de Arbitraje, art. 25).

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