Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo triangular

Adm. Procedimiento administrativo en el que la Administración pública interviene para resolver (sin carácter arbitral —salvo que haya sumisión pactada por las partes—, pero en la forma más ajustada a derecho y al interés público) una cuestión jurídico-administrativa en la que concurren intereses particulares contrapuestos, como sucede en los procedimientos de declaración de ruina, de auxilio, salvamento y remolque marítimo y, en general, en todos los procedimientos de concurrencia competitiva con pluralidad de interesados, como pueden ser los de selección de personal o de contratistas, de adjudicación de farmacias, de investigación minera, de mejor derecho genealógico a la sucesión o rehabilitación de títulos nobiliarios o de registración discutida de patentes y marcas de propiedad industrial.
«[…] los procedimientos […] triangulares […] en los que la Administración asume, con relación a dos o más administrados con intereses contradictorios entre sí, una posición neutral o arbitral» (Parejo Alfonso, Luciano, Antonio Jiménez Blanco y Luis Ortega Álvarez: Manual de derecho administrativo, vol. 1, Barcelona, Ariel, 4.ª ed., 1996, pág. 429).

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