- procedimiento administrativo particular
- 1. Adm. Procedimiento administrativo aplicable únicamente a un ámbito espacial concreto y delimitado, dentro del general que compete a la entidad pública actuante, como una región, comarca o localidad. Se contrapone conceptualmente a procedimiento general en sentido espacial.Carbonell Porras, Eloísa:
«La naturaleza jurídica de Ceuta y Melilla y su encuadramiento en la estructura territorial del Estado» , enRevista Española de Derecho Administrativo , n.º 110, 2001, págs. 251-268.2. Adm. Procedimiento administrativo aplicable únicamente a un ámbito material concreto y determinado, dentro del general que compete a la entidad pública actuante. Se contrapone conceptualmente a procedimiento general en sentido material.Comes Nolla, Gabriel, Elena María Díaz Pareja, Antonio Luque de la Rosa y Juana María Ortega Tudela:«Análisis de la legislación española sobre la educación del alumnado con altas capacidades» , enEA, Escuela Abierta: Revista de Investigación Educativa , n.º 12, 2009, págs. 9-31.3. Adm. Procedimiento utilizado en sentido impropio como sinónimo de procedimiento administrativo especial.
Sublema de procedimiento administrativo, procedimiento