Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo marítimo

Adm. Procedimiento administrativo triangular que tiene por objeto adoptar decisiones arbitrales en materias de derecho marítimo, tales como auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones, que competen a órganos administrativos institucionalmente destinados al efecto, como el Tribunal Marítimo Central o los juzgados marítimos permanentes, cuyas competencias la Ley 14/2014, de 24-VII, de Navegación Marítima ha previsto que sean asumidas, respectivamente, por el Consejo de Arbitrajes Marítimos y los auditores de arbitrajes marítimos.
Ley 60/1962, de 24-XII, de auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas, derogada por la Ley 14/2014, de 24-VII, de Navegación Marítima, pero cuya disp. derog. única f) reduce a rango reglamentario su título II sobre procedimientos, que continuarán tramitados (disp. trans. 1.ª y disp. final 10.ª) por los juzgados permanentes y el Tribunal Marítimo Central hasta la constitución del Consejo y auditores de arbitraje (disp. final 10.ª).