- procedimiento administrativo formalizado
- Adm. Procedimiento administrativo cuya tramitación viene prefijada por la legislación como un cauce ritual, en cuanto a tiempos y trámites, al que necesariamente ha de atenerse el instructor. Suelen corresponder a este modelo los procedimientos especiales, como el sancionador.González Pérez, Jesús, y Francisco González Navarro: Comentarios a la LRJPAC, vol. 1, 4.ª ed., Madrid, Civitas, 2007, pág. 99, que citan la STS de 12-II-1986 (ponente, González Navarro) que distingue entre procedimientos formalizados y no formalizados, como también Muñoz Machado, Santiago, en
Diccionario de derecho administrativo , Madrid, Iustel, 2005, vol. 2, voz«procedimiento administrativo» , que, en su apartado 4.2, pág. 1978, señala que «procedimientos formalizados son aquellos en los que su tramitación aparece preestablecida por el Derecho positivo y su orden ritual se prescribe en la norma, imponiéndose al instructor del procedimiento que ve, de esta manera, cómo imperativamente se le marca el cauce que ha de seguir».
Sublema de procedimiento administrativo, procedimiento