Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo estatal

Adm. Procedimiento administrativo en el que la administración actuante es la del Estado, entendiendo por tal tanto la Administración General como cualesquiera de las administraciones especiales (diplomática, militar, financiera, de gestión judicial, educativa o sanitaria), siempre que los órganos que intervengan dependan del Estado en sentido central, no de las comunidades autónomas, de las entidades locales ni de organizaciones constitucionales o estatutarias integradas en el Estado solo en un sentido global.
LRJSP, arts. 54 y sigs., para la Administración General del Estado; y para las administraciones especiales, sus leyes especiales reguladoras, por ejemplo, para la diplomática, la Ley 2/2014, de 25-III, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.