- procedimiento administrativo de revisión de oficio de actos anulables en materia no tributaria
- 1. Adm. Procedimiento administrativo especial establecido por la legislación de procedimiento administrativo común para regular la revisión de actos o reglamentos administrativos (incluida la parte normativa de los instrumentos de planificación) cuando amplíen la esfera jurídica de los particulares y adolezcan de alguno de los vicios de ilegalidad distintos a aquellos que la legislación califica como causas de nulidad radical o de pleno derecho; es decir, los que consistan en cualquier otra infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder. Sus principales características son la sujeción de su ejercicio a un plazo de caducidad de cuatro años y a la doble carga de declararlos previamente en vía administrativa lesivos al interés público e impugnarlos posteriormente en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.2. Adm. Sinónimo del procedimiento administrativo especial de declaración de lesividad.
Sublema de procedimiento administrativo, procedimiento