Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo de legalización, sin apostilla de La Haya, de documentos españoles que deban surtir efecto en el extranjero

Int. priv. Procedimiento administrativo, excepcional y complejo, de reconocimiento de firmas en cadena cuyo acto final (que tiene por objeto dotar de efectos jurídicos en el territorio de un Estado extranjero no signatario del Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 a un documento autorizado por un funcionario público español) consiste en un reconocimiento de la firma del notario autorizante, efectuado por el correspondiente cónsul extranjero acreditado en España, bien directamente (cuando su propia legislación así se lo permita), bien previo reconocimiento por este de la firma del Ministerio español de Asuntos Exteriores que, a su vez, haya reconocido la del Ministerio de Justicia que, mediante la Dirección General de los Registros y del Notariado, reconozca la del decano del Colegio Notarial que haya reconocido la del notario español autorizante.
Decreto de 2-VI-1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, arts. 265-271.