- procedimiento administrativo de gestión tributaria
- Fin. Procedimiento de aplicación de los tributos incluido con tal denominación en la Ley General Tributaria y en su reglamentación de desarrollo en esta materia, y que son los siguientes: a) el de devolución, iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos; b) el iniciado mediante declaración; c) el de verificación de datos; d) el de comprobación de valores; e) el de comprobación limitada; f) el de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos; g) el de rectificación de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos o solicitudes de devolución; h) el de ejecución de las devoluciones tributarias; i) el de reconocimiento de beneficios fiscales de carácter rogado; j) el de inclusión en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria; y k) el de comprobación de obligaciones formales.
Sublema de procedimiento administrativo, procedimiento