Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo de elaboración de planes en el sentido de instrumentos administrativos de planificación

Adm. Procedimiento administrativo especial establecido, tanto en la legislación estatal como en las distintas legislaciones autonómicas que prevean la aprobación de instrumentos de planificación (como es el caso paradigmático del urbanismo), para regular la formación y aprobación de los planes correspondientes y, en especial, de las partes normativas de los mismos, con singular insistencia en los trámites destinados a garantizar que el legislador conozca el impacto de la norma proyectada en los distintos sistemas (jurídicos, naturales o sociales) a los que afecte.
Solo respecto a planes urbanísticos, el Reglamento de planeamiento urbanístico (RD 2159/1978, de 22-VI), en cuanto no haya sido desplazado por la normativa autonómica; Ley 5/2006, de 2-V, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, sobre elaboración de planes urbanísticos, arts. 81 y sigs. Oro-Pulido y López, Mariano de: «A propósito de la STS de 23-I-2003 sobre el trámite de sugerencias en el procedimiento de elaboración de los planes de urbanismo» , en Revista de Urbanismo y Edificación, n.º 7, 2003, págs. 125-132.

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