Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento administrativo correctivo

1. Adm. Cultismo doctrinal utilizado para designar, dentro del género «procedimiento (administrativo especial) sancionador», al que se ejerce respecto a personas ligadas con la Administración pública actuante mediante una relación de sujeción general en el sector de actividad administrativa de que se trate, diferenciándolo así, como especie, del disciplinario, esto es, del proyectado sobre personas vinculadas con una sujeción especial.
González Navarro, Francisco: Derecho administrativo español, vol. 3, Pamplona, Eunsa, 1997, pág. 523; y, en BOE de 3 de octubre de 1973, este requisito de una convocatoria funcionarial: «[…] no haber sido […] sometido a procedimiento administrativo, correctivo o disciplinario».
2. Adm. En el ámbito jurídico hispanoamericano, procedimiento administrativo corrector.
En Colombia se denomina correctivo al procedimiento encaminado a detectar irregularidades en el manejo de las regalías, es decir, los fondos públicos derivados de la explotación de recursos naturales.