Diccionario panhispánico del español jurídico

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privilegio petrino

Sublema de privilegio
Can. Supuesto de disolución del matrimonio no sacramental en favor de la fe. El privilegio petrino es una institución de derecho canónico similar al privilegio paulino pensado para favorecer la conversión de los no cristianos.
Tiene dos supuestos de hecho; el primero es el de un matrimonio previo entre no bautizados donde está presente la poligamia (tanto la poliandria como la poliginia). En caso de que el cónyuge de cuyo sexo es el único representante se bautice en la Iglesia católica, deberá quedarse con el primer miembro con el que se casó, pues en principio es el único matrimonio que reconoce la Iglesia como válido. Sin embargo, y para favorecer la conversión, si le resulta muy duro quedarse con el primero, podrá elegir quedarse con cualquiera de ellos, pero entonces deberá volver a contraer matrimonio en forma canónica (CIC, c. 1148). El segundo supuesto de este privilegio es el contemplado en el CIC, c. 1149: «El no bautizado a quien, una vez recibido el bautismo en la Iglesia Católica, no le es posible restablecer la cohabitación con el otro cónyuge no bautizado por razón de cautividad o de persecución, puede contraer nuevo matrimonio, aunque la otra parte hubiera recibido entretanto el bautismo, quedando en vigor lo que prescribe el c. 1141».

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