Diccionario panhispánico del español jurídico

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principios generales del derecho público

Sublema de principio
Adm. Aplicación de principios generales a la actividad de las administraciones públicas y al control de la misma por los tribunales de lo contencioso-administrativo.
El desarrollo de los principios tuvo lugar especialmente en el derecho administrativo francés, y trataban de superar con su utilización los problemas de interpretación y de insuficiencia de las normas legales en muchos supuestos. El presidente del Conseil d'État, al celebrarse en 1950 su 150 aniversario, declaró: «Debo señalar las aplicaciones hechas por la jurisprudencia del Consejo de Estado de una técnica particularmente atrevida en un régimen de derecho escrito como el nuestro: la teoría de los principios generales del derecho. Estimamos que existen reglas de derecho no escritas que tienen valor legislativo, y que por consiguiente se imponen al poder reglamentario y a la autoridad administrativa, en tanto que no hayan sido contradichas por una disposición de ley positiva […]. Estas reglas no pueden ser contempladas como integrantes de un derecho positivo consuetudinario, puesto que la constatación de la existencia de la mayor parte de ellas por el juez administrativo ha sido relativamente reciente». E. García de Enterría: «Todo el derecho no es otra cosa que un complejo de instituciones que están regidas por normas y también por principios. Las normas contienen las reglas materiales que fijan la disciplina de cada institución (la propiedad, la expropiación, la responsabilidad patrimonial). Los principios, por su parte, dan sentido unitario a las normas que siguen a cada institución, orientan a su aplicación y ayudan a encontrar soluciones acordes con la significación de la institución cada vez que la norma resulte insuficiente o presente lagunas. Resulta de esta combinación de normas y principios que, al aplicar el derecho, o al crearlo, hay que estar atento a las reglas escritas como a los valores de justicia material que inspira su funcionamiento. Tres principios son decantados por los operadores jurídicos que también trasladan, al hacerlo, a los procesos de aplicación del derecho, las convicciones más asentadas y compartidas sobre la significación de cada institución».