- principios de buen gobierno
- Adm. Conjunto de principios que han de observar los titulares de órganos constitucionales, miembros y personal al servicio de las administraciones públicas, entidades de derecho público, sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las administraciones y entidades públicas sea superior al 50 % y fundaciones del sector público.
Ley 19/2013 , de 9-XII, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, art. 26.
Sublema de principio