- principio indemnizatorio
- Merc. Regla básica en materia de seguros por la cual el valor de la indemnización tendrá su límite en el monto del daño causado, no pudiendo transformarse en objeto de lucro o ganancia para el asegurado.
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, art. 26.
Sublema de principio