Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio dispositivo

Sublema de principio
1. Const. Regulación que permite a las comunidades autónomas en España asumir en sus estatutos todas las competencias no reservadas al Estado en la Constitución y a disponer de su propia organización política y administrativa sin más límites que los establecidos en la Constitución y las leyes estatales.
2. Lab. y Proc. Principio general de derecho procesal según el cual las partes pueden dirigir en todo momento el proceso, cuyo inicio, transcurso y terminación queda en sus manos, y que en el proceso laboral está más limitado que en los procesos civiles.
LEC, arts. 19 y 216. «Según el principio dispositivo son las partes quienes delimitan o concretan el ámbito de la controversia sobre el que deben resolver los órganos judiciales» (STS, 1.ª, 18-V-2012, rec. 185/2010). Código Orgánico de la Función Judicial, de Ecuador, art. 19; Código Orgánico General de Procesos, de Ecuador, art. 5.

Referenciado desde