Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de territorialidad

Sublema de principio
1. Pen. Criterio en virtud del cual cada país conocerá de las infracciones penales que se cometan en su territorio.
LOPJ, art. 23.1.
2. Fin.; Esp. Principio tributario específico de comunidades autónomas conforme al cual los impuestos propios de las comunidades autónomas no podrán gravar elementos patrimoniales situados, ni rendimientos originados ni gastos realizados fuera del territorio de la respectiva comunidad ni la transmisión o ejercicio de bienes, derechos y obligaciones que no hayan nacido ni hubieran de cumplirse en dicho territorio o cuyo adquirente no resida en el mismo.
LOFCA, art. 9 a) y b).