Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de reparación integral

Sublema de principio
Proc. Principio general de la responsabilidad civil según el cual el responsable de un daño está obligado a indemnizar a la víctima la totalidad del perjuicio existente al momento de producirse el fallo definitivo.
Suprema Corte de Justicia, de la República Dominicana, Salas Reunidas, sentencia del 22 de abril de 2015, núm. 5, B. J. 1253; Tribunal Constitucional, de la República Dominicana, sentencia TC/0091/19 del 21 de mayo de 2019.