- principio de prohibición de exceso
- Pen. Principio jurídico en virtud del cual el Estado solo puede restringir los derechos de los ciudadanos para cumplir un fin constitucionalmente legítimo, cuando sea imprescindible y únicamente en la medida necesaria.«La Ley solo debe aplicar penas estricta y evidentemente necesarias: estas deben ser además proporcionales al delito y útiles a la sociedad» (Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Constitución de la República Francesa de 24-VI-1793, art. 15). «Se debe garantizar que el sacrificio de los derechos de los ciudadanos sea el mínimo imprescindible, y que los límites y restricciones de los mismos sean proporcionados» (
STC 136/1999, 20-VII -1999).
Sublema de principio