Diccionario panhispánico del español jurídico

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principio de progresividad

Sublema de principio
1. Fin. Principio que debe inspirar el sistema tributario y que supone el gravamen más que proporcional de las bases imponibles y liquidables en alguno de los impuestos centrales del sistema impositivo para que este, en su conjunto, produzca dicho resultado.
CE, 31.1; LGT, art. 3 . «El principio de igualdad es compatible con el de progresividad; solo exige que el grado de progresividad se determine en función de la base imponible y no del sujeto» (STC 45/1989, de 20-II).
2. Const.; Ec. y Ven. Principio conforme al cual en materia de derechos humanos no pueden producirse retrocesos en los niveles de garantía, salvo justificación comprobada.
Constitución de la República del Ecuador, arts.11 y 84.
3. Proc.; Arg. Principio por medio del cual los Estados parte se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura.
Envío 4 (visto por DSMM, septiembre 2022. Argentina).

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