- principio de progresividad
- 1. Fin. Principio que debe inspirar el sistema tributario y que supone el gravamen más que proporcional de las bases imponibles y liquidables en alguno de los impuestos centrales del sistema impositivo para que este, en su conjunto, produzca dicho resultado.2. Const.; Ec. y Ven. Principio conforme al cual en materia de derechos humanos no pueden producirse retrocesos en los niveles de garantía, salvo justificación comprobada.
Constitución de la República del Ecuador, arts.11 y 84 .
Sublema de principio