Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de prevención

Sublema de principio
1. Int. púb. Principio rector de la protección del medioambiente conforme al cual los Estados tienen la obligación de asegurarse de que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medioambiente de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional.
«En el ámbito de la protección del medio ambiente, la vigilancia y la prevención se imponen debido al carácter a menudo irreversible de los daños causados al medio ambiente» (SCIJ, 25-IX-1997, Proyecto Gabcíkovo-Nagymaros). Declaración de Estocolmo, Principio 21; Declaración de Río, Principio 2.
2. Pen.; Par. Principio conforme al cual, las penas tendrán por objeto la protección de los bienes jurídicos y la readaptación del autor a una vida sin delinquir.
Ley 1160, de Código Penal de Paraguay, art. 3.

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