Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de juridicidad de la Administración

Sublema de principio
Adm. Concepción de las relaciones de la Administración con la ley que implica que aquella no solo está sometida a la ley, sino al derecho, noción más amplia que incluye normas superiores e inferiores a la ley, supranacionales y estatales, además de implicar también sometimiento a los principios, valores y garantías de los derechos y libertades.
El primer autor que utilizó el término «principio de juridicidad» fue A. Merkl, pero no en sentido sustitutivo o equivalente al principio de legalidad, sino para explicar que toda acción de la Administración, para distinguirse como tal, precisa de la existencia de un precepto que admita semejante acción.