- principio de juridicidad
- Const.; Arg. y Chile Máximo principio del ordenamiento constitucional, que consagra la supremacía de la Constitución, establece la sumisión de todos los órganos del Estado a la carta fundamental y a las leyes dictadas conforme a ella, con el objeto de garantizar el orden institucional de la República y los derechos fundamentales.
Constitución Política de la República, de Chile , arts. 6.º y 7.º.
Sublema de principio