- principio de interculturalidad
- Const.; Ec. Mandato de optimización en las actividades de la función judicial, que consiste en que las servidoras y servidores de justicia deberán considerar elementos de la diversidad cultural relacionados con las costumbres, prácticas, normas y procedimientos de las personas, grupos o colectividades que estén bajo su conocimiento.Código Orgánico de la Función Judicial, art. 24.
Sublema de principio