- principio de gratuidad
- Adm.; Chile, Col., Guat. y Hond. Principio por el cual, en el procedimiento administrativo, las actuaciones que deban practicar los órganos de la Administración del Estado serán gratuitas para los interesados, salvo disposición legal en contrario.
Ley 19 880 , de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, de Chile, art. 6.
Sublema de principio