Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de escrituración

Sublema de principio
Adm.; Chile, Guat. y Hond. Principio conforme al cual el procedimiento administrativo y los actos administrativos a los cuales da origen, se expresarán por escrito o por medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija o permita otra forma más adecuada de expresión y constancia.
Ley 19 880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, de Chile, art. 5.