Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de cooperación leal

Eur. Principio general que preside el conjunto de las relaciones entre los Estados miembros y las instituciones de la Unión Europea, fundamentándolas en un recíproco deber de lealtad.
Se ha concretado en la jurisprudencia del TJUE en numerosas manifestaciones específicas, dirigidas a asegurar la plena eficacia del derecho de la UE y la consecución de los objetivos de los tratados. Tratado de la Unión Europea, art. 4.3.

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