Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de contradictoriedad

Sublema de principio
Adm.; Chile, Col. y Hond. Principio en virtud del cual los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio.
Ley 19 880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, de Chile, art. 10. Código de Procedimiento Penal, de Colombia, arts. 8 k y 15.