Diccionario panhispánico del español jurídico

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principio de concordancia práctica

Sublema de principio
Const.; Méx. Principio ligado con el principio de unidad constitucional, que postula que los bienes jurídicos constitucionalmente protegidos deben ser considerados de tal modo en la solución del problema que todos ellos conserven su entidad, a través de la ponderación coherente y proporcional y donde no cabe sacrificar totalmente a uno por otro. De este modo, se debe respetar el núcleo duro de cada bien constitucional en conflicto, afectándose mutuamente solo en su modo, forma, espacio o tiempo de ejercicio, siempre que exista razonabilidad y proporcionalidad de la recíproca limitación. Se denomina también principio de la compensación menos gravosa.