- principio de certeza
- Pen. Principio jurídico que exige al legislador que las leyes penales sean claras y taxativas en la descripción de los delitos y estados peligrosos, así como en la determinación de las penas y de las medidas de seguridad.«El legislador debe hacer el máximo esfuerzo posible en la definición de los tipos penales, promulgando normas concretas, precisas, claras e inteligibles» (
STC 24/2004, 4-II -2004).
Sublema de principio