Diccionario panhispánico del español jurídico

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primacía del derecho de la Unión

Sublema de primacía
Eur. Principio del derecho de la Unión Europea que implica que todas las normas obligatorias de la UE prevalecen sobre cualquier disposición de los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros sin importar su rango. El efecto general de la primacía es la inaplicación de toda norma interna incompatible.
«El Juez nacional encargado de aplicar, en el marco de su competencia, las disposiciones del Derecho comunitario, está obligado a garantizar la plena eficacia de dichas normas dejando, si procede, inaplicadas, por su propia iniciativa, cualesquiera disposiciones contrarias de la legislación nacional, aunque sean posteriores, sin que esté obligado a solicitar o a esperar la derogación previa de estas por vía legislativa o por cualquier otro procedimiento constitucional» (STJCE, 9-III-1978, Simmenthal, 106/77).

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