Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

prestación del seguro

Sublema de prestación
Merc. Obligación esencial del asegurador que se corresponde con la de pago de la prima por parte del tomador en el contrato de seguro.
Consistirá, por regla general, en la entrega al asegurado —o al beneficiario o al tercer perjudicado— de una cantidad dineraria que indemnice el daño producido o satisfaga un capital o una renta. Excepcionalmente, cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, la prestación del asegurador puede consistir en la reparación o reposición del objeto siniestrado. Ley 50/1980, de 8-X, de Contrato de Seguro, art. 1.