Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

presencia internacional

Int. púb. Las comunidades autónomas carecen del ius legationis, aunque pueden —en determinadas condiciones— realizar actividades de proyección exterior en materias de su competencia —incluida la apertura de oficinas de representación en el extranjero o ante las instituciones europeas—, siempre que no interfieran en la política exterior del Estado y estén sujetas a las medidas de coordinación que fije el Gobierno. Los viajes, visitas e intercambios se supeditan a su comunicación previa al ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación.
LAESEE, arts. 5.2, 11 y 12; STC 165/1994.