- prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías
- Fin. Extinción de la deuda tributaria por no haber ejercido el obligado tributario su derecho a solicitar las mencionadas devoluciones en el plazo de cuatro años, a contar desde el día siguiente en que se generó su derecho, bien por establecerlo así la normativa reglamentaria de cada tributo, bien desde que se produjo el ingreso indebido o bien desde que adquirió firmeza la resolución o sentencia que reconoce dicho carácter.
Sublema de prescripción