- presa marítima
- Int. púb. Facultad otorgada por el derecho de la guerra a un beligerante para capturar buques mercantes con pabellón enemigo o neutral o bien sus mercancías en aguas no neutrales, con el fin de obtener su confiscación mediando el control jurisdiccional y el pronunciamiento favorable de un tribunal de presas establecido conforme a su derecho interno. El principio consuetudinario en la materia es que toda presa debe ser juzgada.